Si vendiste tu vehículo hace más de 3 años y no realizaste el trámite de traspaso, puedes solicitar ante el organismo de tránsito el cambio de propietario mediante el trámite denominado «Traspaso a Persona Indeterminada».

Este trámite se debe realizar en el organismo de tránsito donde se encuentra registrado el vehículo. Es decir que si tiene placas Cali, debes adelantar este trámite en nuestra ciudad siempre y cuando se encuentre bajo las siguientes circunstancias.

Que se encuentre a paz y salvo por concepto de multas y obligaciones tributarias que graven el vehículo.
Que demuestre, cuando menos a través de declaración, que han transcurrido mínimo tres (3) años desde el momento en que dejó de ser poseedor. En el evento que el último propietario registrado en el RUNT haya fallecido, los herederos deberán acreditar en la declaración de que trata el presente literal, el término que el propietario dejó de ser poseedor, el cual, en caso de ser inferior a los tres (3) años requeridos, deberá acumularse con la acreditación por parte de los herederos de que estos no han tenido La posesión del mismo durante el tiempo restaste para completar los tres (3) años.
Que no cuente con el contrato de compraventa, documento o declaración en el que conste la transferencia del derecho del dominio del vehículo, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles
Que las circunstancias en que se encuentre, no se ajusten a ninguna de las causales de cancelación de matrícula, previstas en el artículo 40 de la Ley 769 de 2002 o la norma que la modifique, adicione o sustituya

Estos son los requisitos para la inscripción del traspaso de un vehículo a persona indeterminada:

Solicitud de trámite de traspaso mediante el Formulario de Solicitud de Trámites del Registro Nacional Automotor, diligenciado en su totalidad y suscrito por el propietario registrado ante el organismo de tránsito competente. En el campo de comprador, debe hacerse la anotación: «Persona Indeterminada».

Poder cuando el último propietario inscrito en el RUNT no actúe directamente.

Constancia de estar a paz y salvo en el pago de impuestos del vehículo, de los últimos cinco (5) años, salvo que goce de alguna exención tributaria.

Recibo de pago por concepto de retención en la fuente, a excepción de las personas autoretenedoras no obligadas a pago por este concepto.

Pago de los derechos del trámite ($208.000 + 1% de la retefuente que se calcula sobre la base gravable que tenga el vehículo).

Documento en el que conste el levantamiento de alguna limitación o gravamen a la propiedad, en caso de existir; limitación de dominio que deberá ser levantada previamente, con el cumplimiento de los requisitos correspondientes.

Documento bajo la gravedad del juramento suscrito por el último propietario inscrito en el RUNT o sus herederos y en el caso de entidades de derecho público por el poseedor, en el que manifieste la fecha, las razones por las cuales no formalizó el trámite de traspaso y la manifestación que desconoce el paradero del vehículo.

Puede solicitar la cita una vez cuentes con los requisitos mencionados, ingresa aquí http://bit.ly/AgendaPST opción agenda tu cita y seleccionando el trámite traspaso.

 

Fuente: secretaría de Transito