La Secretaría de Movilidad de Cali aclara que el fallo de la Corte Constitucional sobre los sistemas de foto detección, conocidos como “foto multas”, en ningún momento obliga a la suspensión de estos ni declara inconstitucional el procedimiento de contravención al infractor de la norma de tránsito. La decisión del alto tribunal solo modifica la solidaridad de pago que estaba vigente y que implicaba que el dueño del vehículo debía responder solidariamente por las infracciones del conductor.

“Ahora la Corte declara inexequible esa solidaridad; pero el sistema de foto detección sigue siendo legal al igual que el procedimiento y debe seguir operando. Esto implica que como por el momento se desconoce por parte de la Corte un pronunciamiento puntual sobre cambio de tecnología para identificar plenamente al infractor, lo que viene para Cali es un cambio en los tiempos del procedimiento que seguramente se van a extender ya que la persona propietaria del vehículo tendrá que presentarse probablemente en más de una oportunidad para conocer todo el material probatorio y así determinar quién es la persona que conducía al momento de cometer la infracción” Asegura William Vallejo, Secretario de Movilidad de Cali.

En este sentido, la Secretaría de Movilidad también aclara que no se tiene contemplado ningún ajuste tecnológico al sistema de foto detección hasta que se conozca detalladamente, por parte del Congreso, cómo sería la nueva operación del sistema respecto de esa plena identificación que la Corte, a través de su fallo, solicita en relación con el conductor del vehículo que comete la infracción.

Igualmente, se reitera que los elementos probatorios, para identificar quién conduce el vehículo, seguirán siendo los mismos que están amparados en el debido proceso. “Las personas que sean notificadas, tal y como lo estipula la Ley, deben presentarse a realizar su comparecencia y presentar las pruebas para demostrar su inocencia y de ser así, como lo ha venido haciendo en Cali con anterioridad, podrán solicitar la transferencia de esa infracción a la persona que indique que conducía el vehículo al momento de ocurrir la infracción”. Puntualiza el secretario Vallejo.

Así mismo, la autoridad de tránsito precisa que la operatividad del sistema de foto detección tampoco se vería afectada ya que su efectividad está asociada al tipo de tecnología y el fallo de la Corte no estipula la modificación tecnológica. En lo corrido del año, a corte del 31 de mayo, se han realizado más de 125.000 foto detecciones a infractores de tránsito.

 

Fuente: Secretaría de movilidad