A través de la Resolución No. 4152.010.21.0.1643 del 25 de abril de 2018, la Secretaría de Movilidad de Cali determinó los requisitos técnicos mínimos que los ciudadanos deben cumplir para organizar eventos en las vías públicas de Santiago de Cali.
La solicitud para desarrollar actividades culturales, recreativas, religiosas, así como de cualquier índole, debe radicarse en la Secretaría de Movilidad, de tal manera que el organismo garantice que no se presenten traumatismos en las vías.
El requerimiento debe describir, a través de un oficio, el tipo de evento, el número de participantes y detallar las características del sector en el que se realizará la actividad.
Asimismo, debe caracterizar las vías o tramos a usar, específicamente si se trata de sitios cerrados o abiertos, de andenes, zonas verdes o espacios destinados a peatones, áreas de recreación o conservación.
También debe indicarse cuáles son los dispositivos y personal necesario, como auxiliar de tráfico, para la regulación del tránsito con que se cuenta en la zona; fecha, hora y duración del evento; puntualizar si se hará uso de la vías por donde circula el Sistema Masivo de Transporte MIO; las zonas de parqueo que existen en los alrededores y los horarios para el montaje del evento.
Una vez realizada la visita y verificado el cumplimiento de los requisitos, la Secretaría de Movilidad expedirá la viabilidad del evento especial programado que será insumo para el permiso definitivo que otorgue la Secretaría de Seguridad y Justicia.
La solicitud debe radicarse en ventanilla con un mínimo de 15 días de anticipación, con el fin de facilitar el estudio preciso y preventivo de las condiciones de legalidad, seguridad y comodidad que requieren los eventos o espectáculos.