Colombia presenta la Ley 2050 de agosto del año 2020, en la cual menciona que no es necesario que un vehículo automotor cuente con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para adquirir el certificado de la RTMyEC.

El artículo 21 de la presente Ley reconoce que se debe presentar a los Centro de Diagnóstico Automotor o CDA la licencia de tránsito vigente del vehículo a inspeccionar para la revisión del automotor, NO se solicitará el SOAT como era requerido.

¿Cuándo entrará en vigencia?

Esta ley entrará en vigencia una vez obtenga sanción presidencial; permitiendo la continuidad a los CDA realizar los ajustes requeridos.

¿Me pueden multar por no tener el SOAT activo?

Así es, el SOAT sigue siendo una póliza de carácter obligatorio para que los vehículos automotores transiten por el territorio nacional.

Lo que expone la Ley 2050 es que ahora es posible adquirir el certificado de revisión técnico mecánico previo a la obtención del SOAT; Es decir los CDA no solicitarán a los conductores el SOAT vigente para poder inspeccionar un vehículo, sino la licencia de tránsito o de propiedad vigente del vehículo