Blindar un vehículo es acondicionarlo de materiales resistentes a las balas y equiparlo con accesorios útiles para repeler un ataque o emprender una huida. Usualmente al blindaje se le incorporan o contienen los siguientes elementos:
- Cambio de los cristales por unos a prueba de balas.
- Una capa de acero u otros materiales resistentes a las balas en torno a:
- El habitáculo de los pasajeros: puertas, techo, piso, parte frontal y posterior, postes y pilares.
- La batería
- El tanque de gasolina
- Protección a los neumáticos contra ponchaduras.
- Sistema de defensa para lanzar gas irritante de piel y ojos en torno al vehículo.
- Sirena y luces estroboscópicas para llamar la atención en caso de ataque.
- Sistema de rastreo del vehículo vía satélite.
- Otros accesorios adicionales de seguridad, según las necesidades y circunstancias de cada cliente.
Si vas a realizar este trámite, conoce los requisitos:
- Propietario debe estar inscrito en RUNT.
- Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
- Licencia de tránsito o denuncio por pérdida.
- Estar a paz y salvo por concepto de infracciones.
- SOAT vigente.
- Improntas.
- Pago de los derechos por concepto de trámite $215.400
- Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
- Autorización o poder especial en caso de que el propietario no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT.
- Resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la cual dicha entidad autorizó el blindaje o desmontaje del blindaje (no se requiere para Niveles 1 y 2).
- Certificado de la empresa blindadora que debe estar registrada en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
NOTA
Si el cambio de característica corresponde a un vehículo público, el usuario deberá aportar copia del recibo de pago de la última vigencia (impuestos).