No son pocas las preguntas que nos han realizado respecto al tema, a continuación las respuestas.

Para empezar, debemos destacar que el Código Nacional de Tránsito, en el apartado de definiciones expresa: “Motocicleta: Vehículo automotor de dos ruedas en línea, con capacidad para el conductor y un acompañante”. Por lo que desde la percepción de la ley, el mal llamado parrillero, es inherente a las motos.

Ahora, con la nueva fase de mitigación del virus y la apertura de las vías nacionales, la posibilidad de viajar se hace presente, por lo que algunos ciudadanos nos siguen preguntando acerca de la posibilidad de hacerlo en conjunto con el pasajero, y la respuesta es simple:

Sí, siempre y cuando se contemplen algunas recomendaciones:

1. Los dos usuarios de la moto, deben sí o sí, utilizar los elementos de bioseguridad, incluyendo el tapa bocas, así como hacer caso a los protocolos de desinfección, so pena de sanción.

a. Los cascos son intransferibles, por lo que solamente una persona puede utilizar el elemento de protección determinado.

2. Revisar el lugar al que se dirige

a. Los alcaldes y gobernadores son autónomos en la toma de decisiones, dependiendo del grado de riesgo por contagio de COVID en sus territorios, por lo que pueden negar el acceso en fechas determinadas, por decreto.

i. Los funcionarios públicos no tienen potestad para ordenar la restricción de paso hacia otros municipios si no hay rutas alternas, por lo cual, puede que el ingreso se prohíba, pero el tránsito no necesariamente.

3. ¿Es verdaderamente necesario desplazarse?

a. Aunque hay libertad de movilidad, debemos tener en cuenta que el virus continúa propagándose y matando personas, especialmente de edades avanzadas y con enfermedades inmunosupresoras, por lo cual evalúe si vale la pena poner en riesgo la vida de nuestros familiares, que resultan siendo padres, madres y abuelos.

¡Cuidémonos para no tener que volver al aislamiento!

 

Fuente: Publimotos