Estacionar un vehículo en sitios prohibidos es la infracción de tránsito por la cual más se imponen comparendos en Bogotá. Sin embargo, el problema –como se ha evidenciado en redes sociales– es la forma como algunos operarios hacen este procedimiento, al punto de causar graves daños a los automotores.

Según la Secretaría Distrital de Movilidad –SDM– “ningún proceso de inmovilización se puede llevar a cabo sin que un agente de tránsito esté presente en el lugar”, y aclara, “si el propietario llega antes de que el vehículo sea izado a la grúa, debe solicitar a la policía que lo regrese como lo estipula el parágrafo 1 del artículo 127 del Código Nacional de Tránsito y solo le será impuesto el comparendo”.

Si bien el protocolo de inmovilización obliga a que los operarios de la grúa enganchen y aseguren el vehículo en el sitio de inmovilización, esto último no siempre se cumple. En su afán de llevarse el carro, lo suben a la grúa sin asegurar y unas cuadras más adelante completan la maniobra.

En este punto es clave aclarar que este procedimiento se hace bajo las órdenes de un agente de tránsito, razón por la cual no se entiende el proceder de los operarios. Una fuente indicó que al parecer, reciben una ‘bonificación’ por llevar más carros; o por el temor de que aparezca el dueño y tengan que bajar el carro.

“El agente de tránsito es quien decide cuáles vehículos se van a llevar a los patios. En los operativos siempre tiene que haber una unidad policial”, dijo el comandante de la Policía de Tránsito de Bogotá, coronel Rodolfo Carrero.

En cuanto a los procedimientos irregulares, Carrero explicó que “es el concesionario el responsable de instruir a sus empleados. El policía de tránsito no tiene entre sus funciones estar atento a este procedimiento. Lo que sí tiene que hacer en esos casos es imponerles un comparendo a los conductores por no llevar la carga bien asegurada”.

Según la SDM “el concesionario es quien responde económicamente por los daños que se ocasionen a los vehículos en el procedimiento de inmovilización y traslado”. Para esto existe una póliza de seguro de responsabilidad civil, por lesiones, muerte o daños y una póliza de cumplimiento, las cuales se hacen efectivas en los casos que procedan.

Sanciones impuestas

En los cinco meses que lleva de operación el nuevo esquema de concesión, han ocurrido tres incidentes de daños a vehículos. “Dos de los que sufrieron daños fueron resueltos, y el tercero, que es un Volkswagen, aún está por solucionarse por razones propias del ciudadano”.

La SDM ha impuesto seis sanciones a los operadores de las grúas, con copia a la hoja de vida. Se les ha suspendido la operación por tres días, pero si es reiterativa la falta podrá ser retirado del esquema.

Con base en el contrato firmado entre el Distrito y la concesión, “a partir del sexto mes de operación, es decir, desde el mes de septiembre, por cada queja que proceda en daños a vehículos se le descontará al concesionario el 0.01 por ciento del valor de sus ingresos del mes”.

El pasado 1 de abril, cuando entró en operación el nuevo esquema de patios y grúas para vehículos inmovilizados en Bogotá, la SDM anunció que las grúas estarían dotadas de cámaras para registrar y supervisar el procedimiento desde un centro de control y en tiempo real.

La SDM, a través de un comunicado, confirmó además que a la fecha más del 50 % de la flota de grúas ha sido modernizada, con el objetivo de brindar un mejor servicio a la ciudadanía.

ABC sobre el procedimiento de inmovilización

La Policía de Tránsito solicita el servicio de la grúa y define cuáles vehículos inmovilizar.

La grúa inicia la operación; tres cámaras registran el proceso que se monitorea desde el centro de control.

El policía de Tránsito impone el comparendo y se le ponen los sellos al vehículo.

El operador de la grúa hace un registro en vídeo del estado del vehículo.

El vehículo se engancha y se asegura, y se traslada al parqueadero en Engativá.

Al llegar el vehículo al parqueadero, se realiza un segundo registro en video para verificar su estado.

El ciudadano recibirá una notificación de la inmovilización por mensaje de texto o correo electrónico solo para la infracción C.02 (vehículos abandonados en vía), siempre y cuando tenga actualizados sus datos personales ante el Runt y el SIM.

¿Qué pasa si enganchan mal y arrastran su vehículo?

Cuando un vehículo está estacionado lo más probable es que esté con la caja en la posición de ‘Parking’ (automático), o engranado en primera o reversa (mecánico), y con el freno de mano enganchado.
Si el vehículo está en esas condiciones y es arrastrado, comienzan los daños internos. Si solo es movido desde donde está estacionado hasta el planchón de la grúa, puede que no alcance a representar ningún daño, contrario a si el vehículo se lleva colgado en la parte de atrás de la grúa.

Teniendo el freno de mano enganchado el mecanismo asociado a este puede comenzar a sufrir daños. Cuando vehículo se arrastra con las ruedas detenidas las vibraciones causarán estragos en la suspensión, las llantas e incluso desajustes en la cabina.

Algo similar sucede con la caja de un carro automático. En posición de ‘Parking’, un trinquete se introduce en uno de los piñones para mantenerlos en posición y evitar que giren, así que si el auto empieza a ser arrastrado las ruedas van a intentar girar, ocasionando que la caja intente hacer lo mismo. En ese caso llegará el momento en que el trinquete no tolere más tensión, se rompa, y afecte la caja.

Si es un vehículo mecánico el problema sería si se encuentra engranado en primera marcha y se obliga un movimiento en reversa, o viceversa. En cualquiera de estos casos, los piñones de la caja estarán siendo obligados a girar en sentido contrario.

Además el motor puede sufrir daños internos como golpes de las válvulas con los pistones o rotura del sistema de repartición, daños en el embrague y en la misma caja.

¿Cómo retirar un vehículo de los patios?

Según datos de la Secretaría Distrital de Movilidad entre abril y agosto 37.880 vehículos inmovilizados ingresaron a los patios de los cuales 34.950 realizaron su salida en un tiempo de permanencia promedio de 3.5 días.

A pesar de que Bogotá tiene más de dos millones de matrículas registradas, increíblemente el único sitio en la ciudad para realizar el trámite de retiro de un vehículo inmovilizado es el SuperCade de Movilidad (calle 13).

Se supone que gracias a los avances tecnológicos y validaciones en línea con los que cuentan hoy los organismos de tránsito lo esperado es que todo el trámite no supere las cuatro horas. Sin embargo, la realidad es que este proceso puede tomar en promedio tres días, según el caso, tiempo durante el cual el ciudadano tiene que pagar por cada día que su carro esté en los patios.

Este es el trámite

En primer lugar el afectado debe tener en su poder los documentos originales del vehículo (Licencia de tránsito, Soat y RTM) y dirigirse al patio de Engativá para recibir el inventario que se le hizo al automotor al ingresar al parqueadero.

Posteriormente, y con dos copias de los papeles del automotor y del infractor (documento de identificación), se debe dirigir al SuperCade de Movilidad donde se le asignará el turno de atención para la audiencia, luego de la cual se entrega la respectiva autorización de salida.

En el caso de los vehículos que sean inmovilizados por estacionar en sitios prohibidos, la orden de salida del parqueadero se otorgará al propietario registrado en la licencia de tránsito o a la persona que éste autorice a través de un poder.

En todos los demás casos de inmovilización, el vehículo podrá ser retirado por el infractor y/o propietario y se podrá consultar a través de la página web de la SDM (www.movilidadbogota.gov.co) el estado de la inmovilización y la liquidación del pago.

Si la inmovilización fue por falla técnica, y esta no es posible de subsanar en el patio, el traslado se debe hacer en una grúa de la concesión, o la que determine el propietario, a la dirección que quede registrada en la audiencia efectuada en el SuperCade. A partir de ese momento actúa la buena fe del infractor, si este subsana o no la falla técnica.

Es importante aclarar que los vehículos que estén inmersos en algún siniestro de tránsito con personas lesionadas o fallecidas, serán trasladados al parqueadero transitorio, ubicado en la Av. calle 63 con 94, quedando a orden de la Fiscalía General de la Nación, mientras se resuelve la situación jurídica de los implicados.

 

Fuente: Motor