El Ministerio de Transporte expidió la resolución 0006589 con la cual se incluyeron nuevas tipologías vehiculares que tienen que cumplir con la revisión técnico mecánica como lo son: mototriciclo, cuatrimoto, ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo de combustión interna, eléctricos o de cualquier otro tipo de generación de energía.
La norma expedida por el Minstransporte también incluye motos eléctricas y motos con ruedas gemelas. la revisión inicial se realizará al cumplir dos años a partir de su fecha de matrícula y posteriormente se debe hacer cada año.
Los Centros de Diagnóstico Automotor que quieran comenzar a realizar la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes para estas tipologías deberán acreditarse ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC).
Bogotá D.C., 3 de Enero 2020. (@MintransporteCo). El Ministerio de Transporte expidió la Resolución 0006589 de 2019 mediante la cual se incluyeron nuevas tipologías vehiculares para revisión técnico mecánica como: ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo de combustión interna, eléctricos o de cualquier otro tipo de generación de energía. Adicionalmente, se adicionó la línea para motos eléctricas y motos con ruedas gemelas.

La periodicidad de la revisión de estas tipologías de vehículos, se realizará de conformidad a los a los términos establecidos para motocicletas o similares, es decir, la revisión inicial se realizará al cumplir dos años a partir de su fecha de matrícula y posteriormente se debe realizar cada año.

Los parámetros para la aprobación de las pruebas se verificaran aplicando las Normas Técnicas NTC 6218 y 6282 las cuales fueron adoptadas para esta reglamentación, por lo que ahora son de obligatorio cumplimiento. En el caso de las motos con ruedas gemelas se adoptó como obligatoria la definición establecida por el reglamento UE 168/2013 del Parlamento Europeo, este considera las dos ruedas montadas sobre el mismo eje como una sola rueda.

Adicionalmente, se incorporó lo relacionado para la revisión técnico-mecánica para motos eléctricas, adoptando para ello la línea para esta tipología vehicular conforme a la Norma Técnica Colombiana NTC 5375.

Los CDA’s

Los Centros de Diagnóstico Automotor que quieran comenzar a realizar la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes para las tipologías dispuestas en la Resolucion 6589 de 2019, deberán acreditarse ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC y posteriormente solicitar la inclusión de la línea de revisión ante la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Trasporte, quienes después de este procedimiento tendrán como obligación el verificar si los resultados obtenidos se encuentran dentro de los parámetros permisibles en las Normas Técnicas para expedir el respectivo certificado.

La Revisión Técnico Mecánica es un deber ciudadano

Entre las obligaciones de los conductores está la de acatar este deber ciudadano para salvaguardar la seguridad vial de todos los colombianos en las vías. Según el RUNT el 46% de los vehículos inscritos en la plataforma no cuentan con su SOAT vigente, mientras que un 56% no tiene vigente la revisión técnico-mecánica.

Los ciudadanos pueden consultar la vigencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y revisión técnico- mecánica de su vehículo, en la página web www.runt.com.co, opción ciudadanos consulta de Vehículos por Placa. La consulta arrojará si estas obligaciones están vigentes o no, para que el ciudadano tome las medidas necesarias y no corra riesgos en la vía.

Fuente: Ministerio de transporte