• El principal propósito de la norma es salvaguardar la protección de la vida de los motociclistas y es de obligatorio cumplimiento para los fabricantes, importadores y comercializadores de cascos.
  • Estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) señalan que utilizar cascos certificados de forma adecuada disminuye el riesgo y gravedad del traumatismo en 72% y la probabilidad de muerte en 39%.
  • El Ministerio de Transporte expidió el Reglamento Técnico de cascos protectores para el uso de motocicletas, cuatrimotos, mototriciclos y similares, mediante la Resolución número 0001080 de 20 de marzo de 2019. De esta forma, productores, importadores y comercializadores deberán vender sólo cascos certificados.

Bogotá D.C., marzo 20 de 2020 (@ansvcol). A partir de hoy, viernes 20 de marzo, empieza a regir la resolución 1080 de 2019, expedida por el Ministerio de Transporte y que dio un año de transición, para adoptar el nuevo reglamento técnico de cascos para motociclistas, cuatrimotos, motocarros, mototriciclos y similares, y que obliga a productores, importadores y comercializadores a vender estos elementos de protección cumpliendo estándares internacionales de desempeño y calidad.

En la expedición de este reglamento técnico se estableció que «deberá incluirse en el casco una etiqueta que contenga información como: nombre del producto: casco para uso en motocicleta y vehículos afines. Talla, país de origen, importador o fabricante, con su razón social. Número de Lote y fecha de producción», dice la resolución.

Los cascos serán certificados por Organismos de Certificación acreditados por el Organismo Nacional de Acreditación (ONAC) para dicho fin. A la fecha se encuentran acreditados los siguientes: Servimeters, Icontec y Lenor, entre otros. Las entidades que ejercerán la inspección, vigilancia y control sobre el cumplimiento de la norma son la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), la DIAN y los alcaldes del país.

Adoptar normas internacionales para la producción y uso del casco es una práctica recomendada por la Organización Mundial de la Salud, toda vez que, al usarse correctamente dicho elemento, se reduce la probabilidad de muerte en un 39% y de lesiones hasta en un 70%.

«Es importante aclarar que con esta resolución no se busca controlar directamente a los motociclistas, sino al mercado de cascos que deben al momento de ofrecer a los usuarios, un casco certificado, los usuarios tengan garantías de la calidad del producto que están adquiriendo, de tal forma que, en caso de que sufran un siniestro vial se minimice el riesgo de traumatismo al reducir el impacto de fuerza o colisión que se genera contra la cabeza», dijo Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Los usuarios no deben olvidar que no basta con adquirir un casco certificado, es necesario que el motociclista verifique que sea de la forma y tamaño adecuado. Durante su uso, es fundamental que esté abrochado y ajustado de manera segura y cómoda, dejando como medida el ancho del dedo índice entre la correa y la barbilla.

Cifras:

Según el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, durante el año 2019 fallecieron en siniestros viales 3.455 motociclistas, lo cual representó el 52 % del total de muertos en siniestros viales en el país, así mismo, el número de lesionados fue de 19.277 (56 % del total nacional).

Analizados los datos se pudo inferir que cerca del 20 % de los motociclistas fallecidos chocaron contra un objeto fijo.

 

Fuente: Ministerio de Transporte