Tras las inquietudes surgidas con el nuevo decreto que reglamenta la restricción del parrillero hombre en la capital del Valle, la Policía Metropolitana explicó las novedades y pormenores de esta norma que entró en vigencia el 4 de enero del 2019.

El principal cambio es que, a partir de la fecha en mención, los controles los están haciendo los miembros de la Policía Nacional y no los agentes de tránsito.

“Lo que sucede es que dentro del Código Nacional de Tránsito no existe la prohibición del parrillero hombre como una infracción y por eso la restricción le compete a la Secretaría de Seguridad y Justicia de Cali”, aseguró José Mauricio Cadavid, jefe jurídico de la Secretaría de Movilidad Municipal.

A su vez, Pablo Uribe, secretario (e) de Seguridad y Justicia del municipio, precisó que la justificación del decreto, que está amparado en el Código de Policía, obedece a un tema de seguridad ciudadana.

“La medida no se expidió por seguridad vial o para reducir la congestión en las vías de Cali. El parrillero hombre es una modalidad muy utilizada por los criminales para cometer atracos y sicariatos y por eso la función legal de hacer cumplir la norma le compete a la Policía”, dijo.

1. ¿A quién cobija la restricción?

La norma prohíbe que en el área urbana de Cali transiten, en todo horario, motocicletas con acompañantes menores de 10 años de edad, sea este hombre o mujer. Asimismo, está prohibido la circulación de acompañante hombre en motocicleta que tenga más de 14 años.

“Por consiguiente, solo los jóvenes que tengan entre 10 y 13 años, pueden ser parrilleros de motocicletas”, afirmó Fabián Ospina, comandante encargado de la Policía Metropolitana de Cali.

No obstante, es importante aclarar que si los parrilleros de motos son menores de 10 años, la multa debe efectuarla un agente de tránsito por incumplimiento a la norma de tránsito de transportar menores de edad en motos. La sanción de esta infracción es de $414.058.

2. ¿Quién realizará los controles?

Hasta el 3 de enero del presente año, los agentes de tránsito eran quienes podían hacer controles sobre la restricción del parrillero hombre. Sin embargo, cuando la Alcaldía de Cali expidió el pasado 4 de enero el nuevo decreto, en este se faculta a los policías para que hagan cumplir la normatividad.

“Si bien los miembros de las patrullas de vigilancia son los llamados a hacer cumplir el Código de Policía, en realidad todos los policías profesionales que hay en Cali tienen la autoridad para hacer cumplir el decreto, no importa que estos sean de turismo, carabineros o comandantes de estación”, aseveró Pablo Uribe, secretario (e) de seguridad de Cali.

Vale la pena precisar que los auxiliares de Policía, que no tienen la carrera profesional de esta entidad, no pueden imponer comparendos.

35% de los hurtos en la capital del Valle son cometidos en motos con parrillero hombre, de acuerdo con información de la Policía Nacional.

3. ¿Cuánto debe pagar el infractor de la norma?

La multa para quien incumpla el decreto que reglamenta la movilización del parrillero hombre en motocicletas dentro del área urbana de la capital del Valle es de $883.296. Este comparendo se aplica mediante el artículo 35, numeral 2, del Código de Policía.

“Sin embargo, según lo determine el inspector de Policía encargado de ratificar el comparendo, este puede incrementarse hasta los dos salarios mínimos mensuales vigentes ($1.656.232), sí así lo considera”, dijo Pablo Uribe, secretario (e) de seguridad de Cali.

Por su parte, Fabián Ospina, comandante encargado de la Policía Metropolitana de Cali, manifestó que “es importante precisar que a quien se le imparte la sanción por Código de Policía es al conductor del vehículo y no al pasajero”.

4. Las excepciones del decreto

Se exceptúa la prohibición de parrillero hombre a los miembros de la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, agentes de tránsito, organismos de emergencia y socorro, prevención y salud.

También el personal de empresas de seguridad privada, instructores de las escuelas de enseñanza de conducción y las personas con discapacidad en su movilidad.

“Emitimos un decreto nuevo para eliminar una excepción que tenía el anterior, el cual autorizaba el parrillero hombre a las personas que portaran uniforme de empresas de servicios públicos. Cuando conversamos con el gerente de Emcali (Gustavo Jaramillo), este nos dijo que no había razón para que se mantuviera esa excepción y que, por el contrario, podía ser usada por criminales para cometer delitos más fácilmente”, explicó Pablo Uribe, secretario (e) de seguridad de Cali.

213 homicidios fueron perpetrados en Cali durante el 2018 en motos con parrillero hombre.

5. ¿Qué hacer en caso de ser sancionado?

Una vez se imparte la orden de comparendo al ciudadano, este puede presentarse ante la inspección de Policía que se estipula en dicho documento para solicitar la revocatoria de la sanción, en el caso en que considere que la multa no es acorde a la ley.

Esto debe hacerse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la sanción.

“Si la persona acepta la medida, tiene cinco días hábiles para el pronto pago, con el cual tendrá un 50 % de descuento en el valor de la sanción (por lo que terminaría pagando $441.648)”, indicó el intendente Luis Eusebio Araque, de la oficina jurídica de seguridad y convivencia de la Policía Metropolitana de Cali.

Vale la pena reiterar que es el inspector de Policía de estación quien ratifica la sanción y otorga el recibo respectivo para pagarla.

Tenga en cuenta

El no pago de la multa del parrillero hombre dentro del primer mes, dará lugar al cobro de intereses equivalente al interés moratorio tributario vigente, que es del 29,24 %.

Si transcurridos 90 días, desde la imposición de la sanción, no ha sido pagada por el infractor, se procederá al cobro coactivo, que incluye los intereses por mora.

 

Fuente: el País