A partir del 1º de septiembre la Secretaría de Movilidad de Cali reanudará los términos legales para los procesos contravencionales por infringir las normas de tránsito.
Los términos habían sido suspendidos desde el pasado 17 de marzo de 2020 cuando inició la emergencia sanitaria. En este sentido, las personas tendrán 5 días hábiles, a partir de la respectiva notificación del comparendo, para controvertir la infracción o para acogerse a los beneficios de ley, que consisten en hacer el curso para infractores y reducir en un 50% el valor de la multa.
Estas disposiciones quedaron oficializadas con la expedición del Decreto 1443 de 2020 de la Alcaldía de Cali, por el cual se levanta la suspensión de términos de procedimientos y actuaciones administrativas. Para el caso específico de los procesos contravencionales por infringir normas de tránsito existen dos situaciones:
“Aclaramos a la ciudadanía que para el caso de los comparendos manuales, el infractor queda notificado en el momento en que el agente de tránsito le realiza el comparendo. A partir de 1 de septiembre la persona tiene 5 días hábiles para acogerse a los beneficios de ley realizando el curso para infractores y recibe un descuento del 50% del valor de la sanción, o tiene 15 días hábiles adicionales y recibir 25% de descuento. Esto aplicará siempre y cuando el gobierno nacional no prorrogue la emergencia sanitaria vigente hasta el 31 de agosto. De lo contrario, los términos correrán a partir del día en que se levante la emergencia”, señaló William Vallejo, secretario de Movilidad de Cali.
Para el caso de los comparendos por foto detección la situación es otra. “En este caso el infractor tendrá 11 días hábiles a partir del momento en que sea notificado. Dentro este tiempo podrá acogerse a los beneficios de ley con la realización del curso o puede controvertir el comparendo asistiendo a una audiencia pública”, puntualizó, el secretario Vallejo.
A partir del 1º de septiembre la Secretaría de Movilidad dará apertura a la prestación de servicios de manera virtual y presencial, previo agendamiento de las citas para los respectivos trámites a realizar. En este sentido, la autoridad de tránsito impartirá cursos de manera presencial cumpliendo con todos los protocolos de bioseguridad establecidos en el Decreto 666 de 2020 del Ministerio de Salud.
Además de los procesos contravencionales, el Decreto 1443 de 2020 también oficializa el levantamiento de términos para procesos administrativos como el cobro coactivo y persuasivo a partir del 18 de agosto de 2020.